Es el segundo listado que se publica tras la entrada en vigor de las modificaciones realizadas por la Ley 11/2021, en el artículo 95 bis de la Ley General Tributaria, de acuerdo con el cual, la Administración Tributaria acordará la publicación periódica de listados comprensivos de deudores a la Hacienda Pública, incluidos los que tengan la condición de deudores al haber sido declarados responsables solidarios, por deudas o sanciones tributarias cuando concurran las siguientes circunstancias:
Que el importe total de las deudas y sanciones tributarias pendientes de ingreso supere el importe de 600.000 euros.
Que dichas deudas o sanciones tributarias no hubiesen sido pagadas transcurrido el plazo original de ingreso en periodo voluntario.
La información que se refleja en dichos listados consiste en lo siguiente:
Identificación de los deudores:
– Personas Físicas: nombre apellidos y NIF.
– Personas Jurídicas y entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria: razón o denominación social completa y NIF.
El importe conjunto de las deudas y sanciones pendientes de pago tenidas en cuenta a efectos de la publicación.