El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido en su Web un nuevo aviso el pasado 24 de agosto de 2020 alertando que desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 24/2020, se dispone de un nuevo procedimiento para la comunicación de variaciones en la actividad realizada por cada trabajador o trabajadora.
Estas comunicaciones se limitan al envío de un único fichero, simplificando la tramitación y la adaptación de comunicación de los periodos de actividad e inactividad únicamente en los casos en los que las trabajadoras y trabajadores se acojan a una reducción de jornada.
En este caso, la empresa ha de comunicar los días de actividad y las horas trabajadas como se detalla en la guía de tramitación publicada en la página web del SEPE.
La empresa puede adelantar la comunicación de estos periodos de actividad antes de la finalización del mes para facilitar su tramitación.
Source: Actualidad normativa