Asesoría para sociedades y autónomos

El Gobierno crea el Fondo COVID-19 dotado con un crédito extraordinario de 16.000 millones de euros

Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

El pasado 17 de junio, entró en vigor el nuevo real decreto por el que se crea y se configura el Fondo COVID-19, como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación mediante transferencias a las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.

Las transferencias se realizarán, con cargo al crédito extraordinario que se concede por parte del Gobierno a las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía (Ceuta y Melilla). La finalidad última es dotarles de mayor financiación y permitirles habilitar los créditos presupuestarios en su presupuesto de gastos. Estas transferencias se distribuirán sobre la base de criterios representativos poblacionales y de incidencia del virus y no tendrán carácter condicionado, esto es, será responsabilidad de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía destinar estos recursos a la finalidad para la que han sido concedidos.

Más concretamente, podemos destacar que las cantidades del Fondo COVID-19 serán distribuidas por tramos, entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla en base a lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Son cuatro los tramos en los que se divide el Fondo COVID-19:

– Tramo 1: se repartirá sobre la base de criterios representativos de gasto sanitario. Constará de una dotación total de 6.000.000.000 de euros, correspondiendo a las ciudades de Ceuta y Melilla un importe de doce millones de euros.

– Tramo 2: se repartirá, también, sobre la base de criterios representativos de gasto sanitario y tendrá un importe de 3.000.000.000 de euros, asignándose a cada una de las ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla un importe de seis millones de euros.

– Tramo 3: se repartirá sobre la base de criterios representativos de gasto de Educación y se destinarán 2.000.000.000 de euros, correspondiendo a las Ciudades de Ceuta y Melilla un importe de siete millones de euros.

– Tramo 4: se repartirá, principalmente, sobre la base de criterios relacionados con la disminución de los ingresos por la caída de la actividad económica. Su importe será de 5.000.000.000 de euros.

En cuanto al libramiento de los recursos, no se producirán de manera inmediata. Habrá que esperar su publicación en el BOE mediante la correspondiente Orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda. De hecho, está previsto que los recursos correspondientes al Tramo 1, no se libren sino hasta el mes de julio de 2020, los del Tramo 2 hasta el mes de noviembre de 2020, los del Tramo 3 hasta septiembre de 2020 y, los del Tramo 4, hasta noviembre de 2020.

Por último destacar que este real decreto permite que las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía puedan incorporar al ejercicio presupuestario de 2021 los remanentes de los créditos procedentes de los recursos transferidos con cargo al Fondo COVID-19, de forma que puedan atender las obligaciones pendientes de imputar a presupuesto al cierre del ejercicio 2020.

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

ayudas-y-subvenciones-para-empresas-y-pymes
Ayudas y subvenciones disponibles para empresas y PYMES en 2024

A continuación, se presenta una selección de ayudas, subvenciones y programas de financiación a nivel estatal que pueden resultar de interés para empresas y PYMES, con el objetivo de impulsar nuevos proyectos e ideas empresariales. Ayudas 2024 para transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad Programa de incentivos para

Leer más »
Bases de la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa»

El día 13 de septiembre de 2024 se publicaba en el BOE la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024, cuyos efectos se entendieron introducidos el

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?