El 7 de junio de 2017 tuvo lugar la ceremonia de la firma del Convenio Multilateral, con ocasión de la reunión a nivel ministerial del Consejo de la OCDE, y pone punto y final a un proceso de negociaciones que se iniciaron en septiembre de 2015, con la creación de un grupo de trabajo en el que han participado 98 países y en el que España ha estado representada por la Dirección General de Tributos.
El proyecto BEPS, de lucha contra la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios -BEPS, por sus siglas en inglés- comprende un paquete de medidas para abordar el fenómeno de planificación fiscal agresiva internacional.
Para su implementación, algunas de estas medidas requieren una modificación de las normativas internas de cada Estado -como limitación de gastos financieros o el informe país por país-, mientras que otras requieren la modificación de los CDI -como la adopción de cláusulas anti-abuso o la modificación de la definición de establecimiento permanente-.
En el mundo hay más de 3.500 CDI vigentes, 93 en el caso de España, por lo que para incorporar el segundo grupo de medidas se ha proyectado un mecanismo, este Convenio Multilateral, que tiene como fin actualizar la red mundial de CDI de manera sincronizada y eficiente, sin invertir recursos en la renegociación bilateral de cada uno de ellos. El Convenio Multilateral se configura como un instrumento flexible, que permite su adaptación a las necesidades de cada país.
A partir de la firma, cada Estado deberá llevar a cabo los procedimientos internos necesarios para su entrada en vigor y, a partir del momento en el que al menos cinco estados hayan finalizado sus procesos internos, el convenio multilateral entrará en vigor. En el caso de España, deberán ser ratificadas tanto su firma como su remisión a las Cortes Generales por el Consejo de Ministros, ya que la firma se ha realizado “ad referéndum”.
España ha incluido en el Convenio Multilateral la mayor parte de los CDI, a excepción de aquellos que en la actualidad se encuentran en un proceso de renegociación. En cuanto a las cláusulas, se han adoptado la mayoría de ellas. Por tanto, el Convenio podría modificar de manera automática, con su entrada en vigor, algunos de los 93 CDI negociados y firmados en los últimos 40 años por España con otros Estados. Para conseguir una mayor claridad y seguridad jurídica, se ha previsto la preparación de textos consolidados de los convenios que, si bien no contarán con valor jurídico, sí permitirán facilitar su aplicación.
Source: Actualidad normativa