Nota del SEPE.
Tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 30/2020, el SEPE ha suprimido la obligatoriedad de remisión del modelo Excel de comunicación de baja.
La baja en la prestación, a efectos del pago, se comunicará por la empresa exclusivamente a través de los ficheros XML de periodos de actividad:
https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=comunicados
Por otra parte, se recuerda que la obligación de comunicación previa, para el control de las prestaciones por la Inspección de Trabajo, puede realizarse a través del siguiente servicio:
Source: Actualidad normativa